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EL CONSEJO CANTONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SUCRE-BAHIA DE CARAQUEZ


En concordancia con el Código de la Niñez y Adolescencia en su Artículo No 207; a la Ordenanza que regula el funcionamiento del Sistema Nacional de Protección de Niñez y Adolescencia; y, la Reforma a la Resolución No. 004 del 7 de Agosto del 2008, que dispone a los Concejos Cantonales de la Niñez y Adolescencia la conformación de Juntas Cantonales de Protección de Derechos.


CONVOCA:

A formar parte de la  Junta Cantonal de Protección de Derechos de Niñez y Adolescencia, conformada por tres Miembros Principales y Suplentes, que acrediten formación técnica necesaria y sean propuestos por la sociedad civil, durarán tres años en sus funciones.
1.         DENOMINACIÓN DEL PUESTO.
Miembros para Juntas Cantonales de Protección de Derechos del Cantón Sucre.
2.         MISION Y ROL DEL PUESTO.
Tienen como función pública la protección de los derechos individuales y colectivos de Niños, Niñas y Adolescentes en el Cantón Sucre. (Artículo 206 del Código de la Niñez y Adolescencia).
3.         REQUERIMIENTOS.

DEL PERFIL DEL CANDIDATO/A.-

a) Básicas:

1.  Ser ecuatoriano/a por nacimiento o nacionalizado
2.  Estar en goce de los derechos ciudadanos.
3.  Contar con formación: Profesional, Egresado o Estudiante que le falten los dos últimos años universitarios afines en áreas sociales:  Leyes, trabajo Social, Psicología, Sociología o carreras afines  (los postulantes que le falten los dos últimos años universitarios deberán presentar pensum de estudios)
4. Residir en el Cantón Sucre
5.  Ser propuesto por una organización de la sociedad civil con personería jurídica, para el efecto adjuntará una carta de postulación con  la firma del representante legal de la organización que lo postula.
6.  Copias de documentos personales debidamente certificadas-notariadas(cedula de ciudadanía, papeleta de votación)
7.  Correo electrónico y Número telefónico

b) Técnicas:


Con la presentación de la Hoja de Vida  y documentos relacionados se acreditará:
1.    Haber trabajado en temas relacionados en el campo social o afines: familia, organizaciones, asociaciones comunitarias, redes de prevención, atención y restitución de derechos de preferencia a Niños, Niñas y Adolescentes.
2.  Acreditar conocimiento y experiencia en temas relacionados con la protección, difusión, promoción de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.
3.   Experiencia en procesos de coordinación institucional e interinstitucional.
Con la participación en la fase de oposición se acreditarán conocimientos y comprensión en:
1.   Derechos Humanos y en particular de Niñez y Adolescencia.
2.  Conocimiento de la Doctrina y Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia
3.   Protección y restitución de derechos de Niños, Niñas y Adolescentes que se encuentran en amenaza o violación a sus derechos.
4.   Métodos alternativos de mediación de conflictos.
5.  Conocimiento de la realidad del Cantón Sucre

c) Condiciones personales:

1.  Capacidad para trabajar en equipo.
2.  Trabajo bajo presión.
3.  Expresión verbal y escrita adecuada.
4.  Toma de decisiones.
5.  Disponibilidad de tiempo completo. 
6.  Conocimientos del Paquete de Microsoft
7.  Capacidad de Liderazgo

DE LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES.

No podrán ser seleccionados o seleccionada, ni nombrado o nombrada  miembro de la JCPD quien incurriere en cualquiera de las inhabilidades  e incompatibilidades previstas en la Constitución de la República, para el ejercicio de un cargo o función pública, como lo establece el Art. 15 del Reglamento de Elección y posesión de Miembros Principales y Suplentes de las Juntas Cantonales de Protección de Derechos-Sucre

DE LA PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS.

Artículo 16.- Del Reglamento de Elección.- Para su inscripción los/las aspirantes deberán adjuntar los siguientes documentos:
1.  Formulario de Postulación. (que será retirado en la Secretaría del CCNA-S).3er Piso del Municipio de Sucre
2.  Hoja de vida del candidato/a.
3.  Copias notariados de los documentos originales que demuestren lo señalado en su Hoja de Vida.
4.  Declaración juramentada del candidato/a que no se encuentre inmerso/a en las inhabilidades e incompatibilidades señalado en el Art. 15  del Reglamento

 

La documentación se receptará hasta el día Miércoles 03 de Febrero del 2010 hasta las 17h00 en la oficina de la Secretaría del Consejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia, tercer piso del Palacio Municipal  en original o copia certificada-notarizada y foliada que acredite el cumplimiento de los requisitos previstos en el Reglamento.
Cada uno de los Miembros de la Junta Cantonal de Protección de Derechos percibirá una remuneración mensual de $ 741,00 (Setecientos cuarenta y un dólares americanos)

Dr. Carlos Mendoza Rodríguez.
PRESIDENTE DEL CONSEJO CANTONAL
DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SUCRE.
ALCALDE DEL GOBIERNO CANTONAL DE SUCRE

 

 

 

 

 

 

 

 

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